Si trabajas en el sector de la construcción o has contratado obras en Barcelona, es probable que te hayas encontrado con la necesidad de solicitar o exigir certificados de contratistas y subcontratistas, documentos esenciales para acreditar el cumplimiento de obligaciones laborales, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en toda la cadena de subcontratación. Muchas personas llegan a esta cuestión cuando un promotor o empresa principal les reclama responsabilidades por impagos de un subcontratista, o cuando necesitan estos certificados para cobrar facturas pendientes. En este artículo te explicamos qué son exactamente, qué obligaciones legales conllevan y cómo actuar si te ves afectado por su falta de emisión o por reclamaciones derivadas de ellos.
¿Qué son los certificados de contratistas y subcontratistas?
Son documentos que acreditan que una empresa contratista o subcontratista está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Se exigen principalmente en el marco de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y su reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1109/2007.
Estos certificados son especialmente relevantes porque, conforme al artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores y al artículo 42 de la Ley General de la Seguridad Social, la empresa principal puede responder de forma solidaria o subsidiaria de las deudas salariales y de cotización de los subcontratistas que intervienen en la obra.
Tipos de certificados habituales
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Tributaria.
- Certificado de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA), obligatorio para operar como contratista o subcontratista en el sector de la construcción según la Ley 32/2006.
- Documentación de evaluación de riesgos y formación de los trabajadores en materia de prevención.
¿Quién tiene la obligación de exigirlos o emitirlos?
El promotor y el contratista principal tienen la obligación de comprobar que todas las empresas que intervienen en la cadena de subcontratación cuentan con estos certificados antes de permitir su entrada en obra. Si no lo hacen, pueden incurrir en responsabilidad administrativa e incluso civil frente a terceros perjudicados.
¿Qué ocurre si un subcontratista no presenta el certificado?
La empresa principal puede negarse legítimamente a permitir el inicio de los trabajos, y en caso de haberlos permitido sin exigir la documentación, puede verse expuesta a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, además de asumir responsabilidades económicas frente a los trabajadores del subcontratista incumplidor.
¿Qué derechos tienes si te reclaman una deuda por falta de estos certificados?
Si eres un contratista o promotor y te enfrentas a una reclamación de la Seguridad Social o de trabajadores de un subcontratista por no haber verificado estos certificados, tienes derecho a:
- Solicitar copia del expediente administrativo o judicial que fundamenta la reclamación.
- Alegar la existencia de los certificados si los solicitaste y obraban en tu poder en el momento de la contratación.
- Repetir contra el subcontratista incumplidor si has tenido que hacer frente a una deuda derivada de su incumplimiento.
- Impugnar la sanción administrativa en vía de recurso si consideras que actuaste con la diligencia debida.
Plazos orientativos para actuar
Los plazos para recurrir actas de infracción o liquidaciones de la Seguridad Social suelen ser breves, generalmente en torno a un mes desde la notificación, aunque estos plazos pueden variar según el procedimiento y conviene verificarlos siempre con un abogado, ya que un error en el cómputo puede suponer la pérdida del derecho a recurrir.
Pasos a seguir si necesitas reclamar o defenderte
- Recopila toda la documentación: contratos, certificados solicitados, comunicaciones con el subcontratista y notificaciones administrativas recibidas.
- Verifica el Registro de Empresas Acreditadas para comprobar si el subcontratista estaba correctamente inscrito en el momento de la obra.
- Solicita asesoramiento legal especializado en derecho civil y laboral aplicado a la construcción, ya que estas reclamaciones combinan normativa mercantil, laboral y de Seguridad Social.
- Presenta las alegaciones o recursos dentro del plazo correspondiente, aportando prueba de la diligencia empleada.
- Valora una reclamación civil contra el subcontratista incumplidor si has soportado un perjuicio económico derivado de su falta de certificación.
Costes orientativos de una reclamación o defensa legal
Los honorarios de un abogado para gestionar este tipo de asuntos varían según la complejidad del expediente y si se trata de un procedimiento administrativo, laboral o civil. A título meramente orientativo, una consulta inicial de valoración puede oscilar entre 80 y 150 euros, mientras que la llevanza completa de un recurso administrativo o una demanda de repetición puede situarse entre 600 y 2.500 euros, dependiendo de la cuantía reclamada y del número de instancias implicadas. Cada caso depende de sus circunstancias concretas, por lo que es recomendable solicitar un presupuesto personalizado.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio pedir el certificado del REA antes de contratar a un subcontratista?
Sí, la Ley 32/2006 exige que toda empresa que participe en la cadena de subcontratación en el sector de la construcción esté inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas, y el contratista principal debe comprobarlo antes del inicio de los trabajos.
¿Puedo ser responsable de las deudas de un subcontratista aunque no lo sabía?
La responsabilidad solidaria o subsidiaria puede aplicarse aunque desconocieras el incumplimiento, por lo que es fundamental exigir y conservar los certificados antes de iniciar la relación contractual, ya que esto puede servir de prueba de la diligencia empleada.
¿Dónde se solicita el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social?
Se solicita a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, y su emisión suele ser rápida si la empresa no tiene deudas pendientes, aunque los plazos exactos pueden variar según el volumen de solicitudes.
¿Qué hago si un contratista se niega a pagarme alegando que no presenté los certificados?
Debes acreditar documentalmente que entregaste o pusiste a disposición los certificados exigidos. Si el contratista actúa de mala fe, puede ser necesario iniciar una reclamación civil de cantidad, para lo que es recomendable contar con asesoramiento legal.
¿Cuánto tiempo debo conservar estos certificados?
Se recomienda conservarlos, al menos, durante el plazo de prescripción de las obligaciones laborales y de Seguridad Social, que en general se sitúa en varios años, aunque el plazo concreto puede variar y conviene confirmarlo con un profesional según el tipo de obligación.
Si te encuentras en Barcelona y necesitas asesoramiento sobre certificados de contratistas y subcontratistas, ya sea para reclamar una deuda, defenderte de una sanción o simplemente para conocer tus obligaciones legales, un abogado especializado en derecho civil puede ayudarte a valorar tu situación concreta y a decidir los pasos más adecuados, sin compromiso.